Los antecedentes de las ferias agropecuarias de San Antonio y San Antolín que se celebran en Medina del Campo desde mediados del siglo XIX, coincidiendo con el inicio y el final de la cosecha, son bien conocidos gracias a la documentación oficial conservada en el Archivo Municipal. Sin embargo, los orígenes del mercado semanal del domingo no están bien definidos y se retrotraen más atrás en el tiempo; la primera mención expresa que hemos encontrado hasta ahora se remonta a un informe fechado el 22 de junio de 1818, inserto en el borrador del acta de la sesión plenaria del Ayuntamiento celebrada el día siguiente, en la que se regulan los arbitrios y la distribución espacial de los puestos públicos o abacerías, ateniéndose a las nuevas disposiciones dictadas en el Real Decreto de 23 de noviembre de 1817; esta primera alusión se refiere a las caballerías “de personas que concurren a los mercados en los días miércoles y domingo…”.
Dejando a un lado el bien conocido mercado franco del miércoles, del que tenemos noticias precisas desde su concesión por el rey Carlos II el 30 de junio de 1693, el origen concreto del mercado dominical sigue siendo un enigma al que ahora nos aproximamos por primera vez, con esta mención expresa en un informe que se redacta al conferirse a los poderes locales nuevas atribuciones en el uso y arriendo de los puestos públicos. Las cláusulas recogidas en él nos ofrecen detalladamente las características de la nueva disposición espacial de las abacerías, así como los arbitrios con que han de contribuir a las arcas municipales. A este primer informe le sigue otro mucho más detallado, que está fechado el 26 de junio de 1818, y que se aprueba en la sesión plenaria del Ayuntamiento del día siguiente. Está redactado “para más conveniencia y facilidad en la cobranza de los derechos impuestos…” y en él se mencionan todos y cada uno de los artículos, mercancías, productos y géneros, repartidos en varios apartados que siguen fielmente las reparticiones que se hicieron en el informe precedente: “Puesto público de pan cocido y en grano, con sus agregados”, “Abasto de tocino y manteca y [su] puesto público”, “Mesón de la suela”, “Puestos públicos de la renta de la Joya” y “Puestos públicos de la renta titulada fruta, madera y barro”.
Ambos informes, junto con las actas de las sesiones municipales, son fuentes documentales imprescindibles para conocer los primeros momentos del mercado semanal del domingo, cuya existencia a lo largo del siglo XIX podemos rastrear en varias obras impresas como el Diccionario geográfico-estadístico de España y Portugal de Sebastián de Miñano (1826) o el más célebre Diccionario… de Pascual Madoz (1845-1850); así como en publicaciones locales como la Guía del viajero de Medina del Campo de Antero Moyano (1891) o el libro Valladolid y su provincia…, de Joaquín Álvarez del Manzano y José Villarias (1900), en los que se habla de la gran repercusión que va adquiriendo este mercado dominical.
A partir de entonces y a medida que los puestos de venta van haciéndose más estables y permanentes, con locales fijos y apertura diaria, todas las actividades comerciales y los diferentes servicios generales de la villa se acomodan a la nueva situación, manteniéndose abiertos todos los domingos del año los comercios, tiendas al por menor y, posteriormente, los establecimientos bancarios (no las fábricas y negocios industriales), seguramente para aprovechar la masiva llegada de gentes de la comarca más cercana y eligiéndose el jueves como día de descanso semanal. Este escenario peculiar ha sido el habitual en Medina del Campo desde entonces sin interrupción conocida, habiendo llegado hasta nuestros días esquivando las diferentes legislaciones generales contrarias (por ejemplo, la “Ley del descanso dominical” de 3 de marzo de 1904), considerándose nuestro caso como una excepción consuetudinaria, ligada a la tradición y la costumbre, cuya normativa –si es que alguna vez existió- sigue siendo actualmente desconocida.
Con todo, podemos concluir que el mercado semanal del domingo debió de afianzarse hacia mediados de 1818, a raíz de las nuevas disposiciones que emanaron del Real Decreto de 23 de noviembre de 1817, desplazando poco a poco desde entonces al del miércoles, pero conviviendo ambos durante los dos cuartos centrales del siglo XIX. Las causas que motivaron tanto la creación del mercado dominical, como la citada supremacía sobre el del miércoles quizá respondan más a motivos ligados a la costumbre y al interés práctico, que a las disposiciones de un texto jurídico concreto. Coinciden en esto, y así lo escribieron en sus libros, tanto Gerardo Moraleja, en su Historia de Medina del Campo (1971, pero escrita hacia 1940), como Juana Escudero, en su Estudio de un pequeño núcleo urbano de Castilla la Vieja… (1965), los únicos, que sepamos, que han opinado al respecto con conocimiento y argumentos documentados.
Antonio Sánchez del Barrio