Vista panorámica
Medina del Campo. Su origen y desarrollo
Villa histórica, monumental, escultórica y paisajística
Villa de las Ferias

Historia de la Muy Noble, Muy Leal y Coronada Villa de
Medina del Campo
conforme a varios documentos y notas a ella pertinentes por

D. ILDEFONSO RODRÍGUEZ Y FERNÁNDEZ
Doctor en las Facultades de Sagrada Teología, Filosofía y Letras y Medicina, Catedrático de esta Facultad en la Universidad Central (antes en la de la Habana), Caballero de la Orden de Carlos III, etc.


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CAPÍTULO LI

Los Descalzos de San José

San José, convento de los Descalzos; estuvo fundado fuera del lugar, y en posesión que le dio para este efecto el Comendador Morejón de los Huertos, año 1572, y en alguna manera esta fundación fue milagrosa, porque enviando unos mercaderes de los que había en Medina una nao de mercaderías a Italia, ofrecieron que, si llegaba con felicidad, edificarían el convento, o darían la mayor parte que para esto fuera menester, y navegando esta nao, se topó con toda la armada del enemigo, y pasó por medio, cañoneándola todos y procurando cogerla o echarla al fondo.

Salió de entre ellos sin recibir ningún daño, ni tenerle hasta tomar puerto seguro, y sabiendo por los dueños que aquella mercadería, en reconocimiento del beneficios que Dios les había hecho, poniendo en salvo su hacienda, cumplieron lo que habían ofrecido, reedificando aquel convento, según lo refiere el P. Gonzaga en su Crónicrón, fol. 574. Después de algunos años se trasladó esta casa de aquel sitio al que hoy tiene en Medina, y se edificó en las casas de los Álamos, que poseía D. Baltasar de Álamos, de vuestro Real Consejo de Hacienda y del hábito de Santiago.

Todos estos conventos, vista la miseria de la villa y la poca gente que la ocupa, está cerca de desamparar sus casas, porque no puede la poca limosna de los vecinos ser bastante a la sustentación de los religiosos, y el día en que esto sucediere, no sólo se perderá el bien de tantos sacrificios, sino las fábricas, de los templos y conventos, que son de infinito valor, por ser alguno de ellos de los mejores de España, y los Monacales corren el mismo riesgo, porque la mayor parte de sus rentas está sobre casas, que antiguamente era el mejor efecto, y ahora es el más perdido.

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CAPÍTULO LII

De los conventos de monjas

Tiene Medina ocho conventos de monjas, con el mismo riesgo de acabarse, por las razones expuestas.

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CAPÍTULO LIII

Santa María la Real

Santa María la Real, que también llaman de las Dueñas, fue fundada por la Reina Dª. Leonor, mujer del Infante D. Fernando, y le agregó al otro convento que estaba cerca, de monjas Premostratenses, muy antiguo, llamada Santa María de los Huertos, fue la Reina monja profesa en este convento, donde murió y está enterrada, y también la Infanta Dª. Magdalena, hija del Rey D. Juan de Navarra, como uno y otro refiere Monopoli y Zurita en las partes citadas.

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CAPÍTULO LIV

Santa Clara

El convento de Santa Clara, de Orden de San Francisco, según lo refiere el P. Gonzaga en su Crónica, tratando de la fundación de esta casa, afirma que fue fundación del Rey D. Fernando el Santo, hecha a ruego de la misma Santa Clara, y según este historiador asistieron a la fábrica, primer asiento de las cosas de este convento, dos santas compañeras suyas, las cuales murieron y están enterradas en él; y dice asimismo, haberle reedificado el Rey D. Pedro, y échole algunas dotaciones el Rey D. Enrique III.

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CAPÍTULO LV

Santa Isabel

Este convento de Santa Isabel, religiosas beatas del orden de San Francisco, según el mismo Gonzaga, fue fundado en el año 1481 por unas señoras virtuosas que se recogieron a vivir religiosamente y dejaron sus haciendas para aquella fábrica, que con ellas, y ayudado de muchas limosnas, tuvo principio aquel convento.

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CAPÍTULO LVI

Las Fajardas

El convento de las Fajardas, del Orden de Santo Domingo, fundóle  Dª. Constanza Fajardo, de la casa del Marqués de los Vélez, la cual vivió allí religiosamente y dejó su hacienda para que se hiciese aquel convento.

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CAPÍTULO LVII

La Magdalena

El convento de la Magdalena, del Orden de San Agustín, fue fundación de Rodrigo de Dueñas, Señor de Hornillos, que sirvió mucho al Emperador, y en una de las ocasiones que pasó por Medina, le hospedó en su casa y a su costa, algunos días, y el último le sirvió con 100.000 ducados que el Emperador le debía, mostrando la largueza de su ánimo y la fineza de su fidelidad; fue de su Consejo de Hacienda y sirvió en otras ocasiones.

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CAPÍTULO LVIII

La Concepción Trinitaria

Es convento de la Concepción, del orden de la Santísima Trinidad.

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CAPÍTULO LIX

Recoletas Agustinas

Este convento de las Recoletas Agustinas es de mucha santidad y por ello está en mucha estimación; por su pobreza no han extendido la fábrica en el Palacio Real, que para este fin les dio el Rey Felipe III, y así siempre se ha estado en su primer sitio, que es el de las casas de los caballeros Dazas, de esta villa, y fueron de D. Juan Daza Ossorio, Obispo de Córdoba, Presidente de Castilla, cuya hermana fue Dª. Constanza Ossorio Daza, mujer de Cristóbal de Bobadilla, que tuvieron algunos hijos e hijas; uno casó con una señora de los Sesés y Cotes de Olmedo, y dos hijas, que la una fue dama de la Reina y casó con el Conde de Gomera, y la otra casó con Juan Gutiérrez de Montalvo, señor de Serrada.

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CAPÍTULO LX

Las Descalzas Carmelitas

Este convento de las Descalzas Carmelitas es fundación de Santa Teresa de Jesús, donde está el cuerpo de una santa, compañera suya, fue la segunda casa que fundó, siendo bien ayudada de Dª. Elena de Quiroga. Trajo por compañeras a esta obra seis monjas, parientes suyas, de Ávila, que fueron la Madre María Bautista, su sobrina y otra de los Ángeles, Descalzas de San José y de la Encarnación de Ávila, a Dª. Inés de Tapia, que se llamó Inés de Jesús, y a Dª. Ana de Tapia, que se llamó de la Encarnación, primas hermanas de la santa, y muy parecidas en el espíritu, y a Dª. Inés Arias, que se llamó de la Cruz, y a Teresa Quesada, y con todas ellas llegó a Medina, víspera de Nuestra Señora de Agosto, estando aguardándola en la portería suya los frailes del Carmen, y llegando fue con ellos y sus monjas a colocar el Santísimo Sacramento en el lugar que he dicho. Acertó a ser víspera de toros, y como mucha gente andaba por las calles y a deshoras, vieron aquella procesión de frailes y monjas, e ignorando lo que era, causó grande novedad, y a la santa Madre y a sus monjas grande cuidado al ruido de los toros, que andaban cerca de encerrarlos, y en medio de esta publicidad fue Dios servido que nada fuese parte para embarazar el secreto con que la santa Madre quería que pasase aquello hasta la mañana, temerosa de algunas contradicciones que tenía en el fin que llevaba, y habiéndolo conseguido, a la mañana fue visto de todos, como lo escribe largamente en el libro de sus Fundaciones, y el Obispo Luepes, llamando a esta fundación milagrosa, (cap. III y cap. XV, fol. 136). Todos estos conventos de monjas están tan acabados, por las razones que he dicho, que a cada día se espera haberse de repartir entre otros y dejarse perder los suyos.

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CAPÍTULO LXI

De los hospitales que hay en Medina

Hay en esa villa cuatro Hospitales, entre otros, donde se curan todo género de enfermedades, y particularmente el Hospital general, que fundó con ánimo generoso y cristiano Simón Ruiz Envito, en el cual solía haber continuamente cincuenta o sesenta camas y hoy no llegan a ocho, porque rentas y limosnas han faltado con la pérdida de la villa en tanto grado, que desde el año 1629 ha estado tres veces para cerrarse; si no fuera por el común desconsuelo de los pobres se hubiera cerrado, como lo han hecho otros muchos, y así parece, que milagrosamente se sustenta, porque en las fuerzas del lugar no parece posible.

Hay otro Hospital, que llaman del Obispo, fundación del celebrado D. Lope de Barrientos, natural de esta villa, Obispo de Cuenca y Osma, electo Arzobispo de Santiago, Gobernador de los Reyes de Castilla, por cuyo respeto y privanza del Señor Rey D. Juan II se acrecentó el linaje de los Barrientos con las preeminencias de los demás linajes; este patronazgo y casa posee hoy D. Juan de Medina Rojales, Señor de Terranas del Higar, corregimiento de Cáceres, y de ella fue el Obispo D. Miguel de Barrientos y el D. Fernando de Barrientos, Oidor de la Cancillería de Valladolid, y otros muchos caballeros que han merecido nombre en el servicio de V. M.

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CAPÍTULO LXII

De las ermitas y santuarios y Colegios de niños huérfanos

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CAPÍTULO LXIII

De lo que Medina y algunos hijos suyos han servido al Señor Rey D. Felpe IV

Con los excesivos gastos que en el servicio de los antecesores de V. M. ha hecho esta villa, se halla tan empeñada, que no tiene un maravedí de sus Propios; y padece grandes necesidades y pleitos de acreedores, sin caudal ninguno, para seguir sus negocios, y con riesgo de perder los pleitos de donde puede esperar aumentos, y si la piedad y obligación de algunos hijos suyos, no supliesen con la suya parte de esta falta, llegarán a ser tan grandes las ruinas de esta villa, que sólo con los sitios despoblados de los edificios caídos, de muros adentros, hay capacidad para sembrar y recoger más de veinte mil fanegas de trigo. Y en medio de tantas tribulaciones, pérdidas y necesidades, no pierde ocasión Medina del Campo en el servicio de V. M. pues en el discurso de siete años, ha servido en todos los donativos que se han ofrecido, con más de diecisiete mil ducados; y hecho el repartimiento de las cien hidalguías, fue la primera que admitió y pagó 4.000 ducados, por la que la tocó y la tiene hoy sin haberle aprovechado, y por todo lo que ha servido a V. M. ni ha pedido ni querido más premio del que consigue cumpliendo esta natural obligación. Y hoy tiene una compañía de diestros infantes, para cuando V. M. quisiera servirse de ella, como en otras ocasiones, cuyo capitán es D. Rodrigo de Rivera, del Hábito de Santiago, y yo he conocido en el discurso del reinado de V. M. algunos hijos de esta patria, sirviéndole, como lo están haciendo D. Cristóbal Martínez de Salas, Obispo de Panamá; D. Bernardo Caballero y Paredes, Obispo de Horihuela; D. Baltasar Gilimón de la Mota, del Hábito de Santiago, del Consejo de Estado, Presidente de Hacienda y del Consejo Real y Cámara; D. Baltasar de Álamos, del Hábito de Santiago y del Consejo de Hacienda; D. Antonio de la Cueva, Fiscal del Consejo de Indias; D. Agustín Gilimón de la Mota, del Real Consejo de Hacienda; D. Juan Arias de la Rúa, Alcalde de la Real Cancillería de Valladolid, D. Miguel Ruiz, Alcalde de la Audiencia de Méjico; D. Pablo de Aliprando, Oidor de la misma Audiencia; D. Juan de la Rivera Morejón, Inquisidor en la Suprema; D. Juan Fuertes de Asio, Inquisidor de Valladolid; D. Alonso de Villarroel, del Hábito de Alcántara y Corregidor de Córdoba; D. Juan Rejón de Silva, del de Calatrava; Gobernador de Almagro; D. Juan de Medina, Corregidor de Trujillo; el General Garibay y el Almirante Torralba; D. García del Castillo, del Hábito de Santiago y Caballerizo de la Reina nuestra Señora, y otros muchos que por excusar el cansancio no refiero, sin los que son de esta villa por la parte materna, y están sirviendo a V. N. n el Real Consejo y otros ministerios.

Esto he dicho, Señor, para que lo presente pueda ser índice y consecuencia de lo pasado, pues cuando más apurado de todo está esta villa, parece que renacen en ella sí hombres como deseos, prontos al servicio de V. M. Servicios son los referidos que merecían premio, calidades que merecían conservación, y lástimas que necesitan de consuelo y remedio mayor, que el que pretende la villa de Medina.

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CAPÍTULO LXIV

Del Estado del pleito

A continuación de la desgracia del hundimiento de San Agustín, volvió a instar Medina al Rey, el que la hizo merced de un mercado franco en los lunes de cada semana. Por esta merced, sirvió Medina con 5.000 ducados, de lo que se otorgó escritura, y antes de despacharse el privilegio se opusieron las villas de Peñaranda y Tordesillas, creyéndose perjudicadas.

Reclamando medina, se funda en que si algún privilegio tenía Peñaranda, éste se revocó por los Reyes Católicos, documento que ha presentado Medina en el pleito, a más de ser en jueves, y por lo mismo perjudicial al del mismo día de Medina, que para por él todas las alcabalas por entero, y que Peñaranda afirma además, que el concurso de su mercado es también de gente de Medina, con lo que más se evidencia el daño. Todo esto aparte de que Medina es antiquísima villa, y que su perdición se ve patente, mientras que el daño de Peñaranda y Tordesillas es dudoso, muy de futuro y no muy bien evidenciado; pues alrededor de Valladolid hay ocho mercados, y ellos, por su mutuo contrato, reciben provecho. Así este pleito estuvo siete meses en poder del relator, dificultándole la parte contraria, y se dio por fin traslado a los Fiscales de los Reales Consejos de Justicia y Hacienda, y visto por ello, el Fiscal del Real Consejo respondió, que el pleito fuese llevado al Fiscal de Hacienda, y éste dijo haber hecho consulta a S. M. sobre esta razón, para que no concediese mercados francos, ni a ésta ni a otra villa, y que necesitaba la dicha consulta para responder derechamente.

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CAPÍTULO LXV

Que el mercado de Medina pretende se le debe conceder

Aun suponiendo la respuesta contraria de los Fiscales, debe concederse lo pedido. Primero, porque en las consultas del Consejo de Hacienda, ya van las causas y razones en pro de Medina, y en nada contrarias a la Hacienda. Segundo, porque si se regulan los derechos por venta, así debe hacerse para Medina. Tercero, porque la merced a Medina, no fue sólo en consideración a los 5.000 ducados, sino a los innumerables servicios de esta villa, y que el Rey debe ser remunerador, tal como está en el espíritu de muchas leyes (las que se citan). Lo cuarto y quinto, porque tal merced es regalía de S. M., según también lo comprueban las leyes, y altamente benemérita es la villa que lo recibe, como también es evidencia por las leyes y por los hechos, y que la concesión que se haga a Medina como vasallo, no le priva a S. M. de hacer merced de las demás. Lo sexto, porque a los lugares, ha de protegérseles según su buena disposición, y según que son ilustrados, y últimamente si por consideración a sus servicios, se concede mercado a Toro en 1364, en 1474 a Avilés, por haberse en gran parte quemado, a Palencia en 1527, por haberle comprado; en 1525 a Trujillo y en 1527 a Salamanca, por sus servicios, y a otra multitud de pueblos y villas y ciudades que se citan, ya motivado por las indicadas razones, ya por haber intercedido por ellas notables personajes, no menos derechos y razones existen para que se haga a favor de Medina.

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CAPÍTULO LXVI

Que el mercado de Medina, no es en daño de tercero, antes bien es a favor de la Real Hacienda

Es a favor de la Hacienda, porque concedido tal mercado, Medina se viene a pagar todas las alcabalas correspondientes, sin pedir en ningún tiempo rebaja. Además cuando se han concedido mercados francos a cualquier pueblo, nunca los de alrededor han bajado sus encabezamientos, pues si en algún caso han bajado, ha sido por disminución de la población. Conviene además que los mercados francos, estén en lugares o villas de la Corona, porque muchos de los otros mercados, cuales Rioseco, Peñaranda, Villalón, Paredes de Nava, Villalpando, Peñafiel y otros, se han hecho por señorío, que a ellos ha ido, por vivir con bajos encabezamientos y no tener alcabalas S. M., pero en mengua de las villas de la Corona  y de la Real Hacienda, y más regular es, que estos pueblos o villas, donde V. M. no tiene aprovechamiento, venga a éste, y que no de éste a aquellos, y entre dos daños, ha de excusarse el mayor; y fuera más excesivo dejar perder  a Medina de todo punto, que añadir un mercado más en Castilla, donde ya hay tantos, porque el perderse Medina, pierde las rentas, casas, señorío y mayorazgos que allá tiene, y que siempre han servido a V. M. con vidas y haciendas, que es mucho en comparación de lo que supone un mercado franco, de cualquier suerte que se le quiere regular.

La alternativa en el número de los tratantes, tampoco es razón para afirmar o deducir de él la baja de las alcabalas, que en caso de crecer Medina, también aumentarían. Además siendo el mercado franco un día por semana, sólo compraría en él el tratante que pudiere por junto abastecerse, pero a éste irán luego en su respectivo lugar o comercio, en el resto de la semana, a tomarle lo que compró y pagará luego alcabala, por encabezamiento y administración de lo que compró sin alcabala, y en esto no hay mengua, sino acrecentamiento de la Real Hacienda.

Además, el mercado de medina, una vez establecido, podrá ser o malo, o medianamente bueno; si es malo, ya queda a V. M. el encabezamiento perpetuo; si es medianamente bueno, atraerá regular concurso sin menoscabo apreciable de los otros mercados, y si fuera bueno en grado superior, proporcional al aumento de población y comercio, será el de las rentas de la Real Hacienda y este aumento de contratación ya refluiría en provecho también de los mercados colindantes, por ventajas de cercanía para los cambios comerciales. Medina paga hoy tres cuentos y medio de encabezamiento, cinco en el encabezamiento pasado y más aún antes; pues bien, si se pierde pagará menos, y si se levanta pagará tanto o más que antes.

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CAPÍTULO LXVII

Que la Hacienda Real ha perdido mucho por falta de ferias y mercados en Medina, y se remediará algo con el que pide.

De lo expuesto se deduce, que del mercado franco de Medina, ni la Hacienda ni la comarca pueden recibir quiebra, sino acrecentamiento. Desde 1515 en que faltan las ferias de Medina, ha perdido S. M. y no poco. Sesenta y dos cuentos de alcabala llegó a tocar cada año a esta villa, y si por aquí se echase la cuenta resultarían hasta 11 millones de ducados de daño; pero aunque no fuesen más que 2.780.000 ducados, echándolo por la cuarta parte, aún es gran pérdida, que pudiera haberse evitado, y estas pérdidas hasta en réditos de estos capitales, no han tenido recompensa en ningún encabezamiento de la comarca, los cuales debían haber subido proporcionalmente, y así se perdió villa y comarca, porque les falló el origen de donde les venía el aumento  y deben tenerse en cuenta que los mercados francos, en lugar de patrimonio, no son perjudiciales, y dar el mercado a Medina es darle aún parte pequeña de lo mucho que solía tener.

Si así no se hace, o no se puede remediar, Medina verá arrasados sus edificios; los vecinos y oficiales que en ella viven, defraudada esta esperanza, se irán y quedará hecho páramo y desierto lo que ayer fue lugar de tanta calidad, y los templos, que han sido relicarios de Dios y sepultura de personas Reales, llegarán a ser albergue de brutos y ruina, como de muchos de los que hay ya ejemplos.

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CAPÍTULO LXVIII

Que el tiempo que este pleito se está litigando, se despachó otro entre Colmenarejo y Torrejón de Velasco, y las razones que hay para que se haga lo mismo en Medina.

Para que se vea cuan justificadamente pide esta villa, véase que Colmenarejo solicitó igual gracia por servicios hechos a V. M. en el tocante a la caza; Se opuso Torrejón de Velasco; se vió en el Consejo, y pasó adelante dicha merced con los mismos jueces y en el mismo tiempo en que se litiga lo de esta villa, lo cual nos dio aliento, y no menos esta villa espera de V. M. y de la piedad e su Real Consejo y cristianísimos Ministros, los que han de considerar las razones expuestas, y que habiéndosela quitado la Cancillería, ninguna merced en cambio se le ha hecho, en tanto que a Valladolid, cuando se la quitó l Corte, se la dieron dos mercados y una gran baja de alcabalas, con otras mercedes. A Burgos se le hicieron algunas por la Cancillería, en tanto que no hay villa como ésta, tan a riesgo de acabarse, y casas hay de caballeros que no hallan quien arriende ni cultive sus rentas. Añádase al efecto que los antecesores de V. M. tuvieron a este pueblo, y pérdidas, incendios y mengua que ha sufrido, conservando el mismo deseo de servir a V. M., a quien humildemente suplica que, para su reparo, mande se la despache el privilegio de la posesión de su mercado, cual se ha hecho con otros pueblos, porque la detención del despacho, de esta su pretensión, trae grave daño a Medina, por no tener caudal para costear el litigio, en el cual se sigue la dilación, que es la que pretende la parte contraria.

Este favor espera Medina de V. M., y suplica mande dar su Real decreto, para que se vea este pleito con la brevedad más posible, en lo que recibirá singular merced de V. M., de cuya Real mano las espera mayores, para remedios de sus pasadas pérdidas.

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