El proyecto ha contado con una serie de alegaciones a las que ha tenido acceso este periódico
La Voz-. Fue en el año 2016 cuando se comenzaron a hacer los primeros comentarios ante la posibilidad de dar una nueva vida a un espacio en Medina del Campo. Ubicado entre la Plaza de San Agustín y la calle José Zorrilla -justamente al lado del colegio Clemente Fernández de la Devesa-, se instalaría la nueva tienda de Mercadona, a la par que se trataría de instalar una serie de parques, la construcción de viviendas e incluso una estación de autobuses. Aunque las noticias eran halagüeñas entonces, una serie de impedimentos burocráticos hicieron que se diera marcha atrás con esta iniciativa. Así, siete años más tarde, esta misma cadena tendría intenciones de instalarse en otro terreno medinense, ubicado en las proximidades del río Zapardiel a la altura de Barrientos. El edificio tendría dos plantas y se incorporaría en sus proximidades una rotonda. Una noticia que no ha estado exenta de polémica.
Yendo por partes, el pasado 20 de marzo se hacía público en el Boletín Oficial de Castilla y León una información pública relativa a la aprobación inicial del proyecto de normalización y urbanización de la unidad de normalización en la que se tendría la pretensión de instalar este nuevo supermercado -mucho mayor que el que ahora se conoce en Medina del Campo-. En el documento, además de constar las personas interesadas, se hacía saber de la necesidad de subsanar una serie de cuestiones, elevándose a 12 las peticiones. Éstas eran: «Delimitación y acotación de linderos, triangulación y superficies de la finca a escala mínima 1/500; descripción de linderos, superficie de suelo, superficies construidas, accidentes, topografía y demás características de la finca de forma inequívoca y precisa. Identificación registral -existe un desfase entre la superficie real de la parcela y la suma de las resultantes; el proyecto recogerá en todos sus planos la delimitación de la vía pecuaria «Cordel de Salamanca a Valladolid».
El documento también insiste en la necesidad de contemplar el soterramiento de línea Eléctrica Media Tensión; el proyecto de urbanización deberá incluir también mobiliario urbano como bancos o papeleras; en todo su desarrollo cada acera, incluidas las dos aceras del Camino del Olmo, deberá disponer de un nivel mínimo de iluminación de 20 luxes, proyectada de forma homogénea, evitándose el deslumbramiento; según el artículo 157 de la Normativa del Plan General de Ordenación Urbana de Medina del Campo, se plantará preferentemente vegetación autóctona». Pero las subsanaciones continúan con cuestiones como la necesidad de presentar un documento que acredite la dirección facultativa de obra.
A fecha de cierre de esta edición, en julio de 2023, poco más se sabe de las subsanaciones realizadas o no, pero La Voz de Medina y Comarca sí ha accedido a las alegaciones realizadas a este proyecto. Entre ellas, se pone de manifiesto que la información pública se habría realizado sin cumplir con los requisitos legales, «generando indefensión». Es por ello por lo que se insiste en que no está el expediente completo al público, sin estar accesibles edictos como el Informe Técnico o el Informe Jurídico. Hacen constar, igualmente, que este trámite de información pública ha acaecido en medio de la Semana Santa.
Al igual, estas alegaciones defienden la existencia de carencias esenciales que requerirían una nueva información pública una vez que se hayan aportado y subsanado. «El proyecto presentado no se encuentra visado y no recoge en sus planos la delimitación de la Vía Pecuaria Cordel de Salamanca a Valladolid» y además añade: «Bajo la falsa apariencia de subsanación, realmente falta de aportar determinada documentación que no es sino imprescindible se pueda conocer por parte de los ciudadanos, para poder alegar lo que a sus intereses proceda, como es el proyecto de Soterramiento de la línea Eléctrica de Medina Tensión».
La controversia generada por estas alegaciones viene a hacer igual de hincapié en que el proyecto de urbanización se está «extralimitando, porque la ejecución de la rotonda persigue otra finalidad distinta a la de completar una urbanización y que la parcela, supuestamente urbana consolidada, adquiera la condición de solar». Así, se considera que no se está normalizando una finca, sino el vial existente.
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