El
gobierno desde una óptica eclesial.
Isabel y su consorte Fernando
llegan al gobierno de sus reinos desde
una experiencia amarga de anarquía
y guerra. Y se proponen conseguir un nuevo
orden político; un propósito
relativamente
viable para el Reino de Castilla; muy
poco esperanzado por los reinos de la
Corona de Aragón. Capítulos
de este proyecto son la paz pública
en las zonas más conflictivas como
Galicia y la franja norte peninsular;
las instituciones públicas de justicia,
fiscalidad y administración municipal;
la promoción de la educación
mediante nuevas instituciones escolares;
la mejora de la salud con una reorganización
de la estructura hospitalaria . Se trata
de muchas iniciativas nuevas y sobre todo
de reajustes traumáticos en muchas
instituciones de tipo señorial
que nunca habían sido afectadas
por la intervención de los organismos
de la corona, en especial por la creciente
intervención del Concejo Real y
de las nuevas Audiencias. En estas reestructuraciones
están presentes los criterios eclesiales
tradicionales que el cuerpo eclesial venía
aplicando desde siglos. Los reyes modernos
no tienen otros criterios no otros procedimientos.
Tampoco pueden invocar otra moral que
la establecida por los teólogos,
canonistas y moralistas, como lo había
hecho en su día el Rey Sabino en
sus textos legislativos. Isabel busca
ajustarse a estos principios guiada por
maestros mendicantes como los obispos
Diego de Deza y Pascual de Ampudia, leales
a la corona pero firmes en la proclamación
de los grandes principios de la moralidad
pública. En su Testamento da fe
de esta voluntad y también de sus
vacilaciones morales en puntos poco claros
como la fiscalidad avasalladora de las
alcabalas o la supremacía jurisdiccional
que recomendaban sus legistas frente a
las instituciones eclesiásticas.
En el esquema de gobierno
de su tiempo el cuadro eclesial es la
primera gran realidad de la vida, omnipresente
y comprensiva de todas las facetas de
la vida pública. Lo representan
el papado como autoridad suprema y legitimadora
de la cristiandad a la cual se recurre
para dar validez definitiva a las iniciativas;
la curia romana como cerebro administrativo
de la Iglesia, con una incidencia mayor
en los temas fiscales, beneficiales, jurisdiccionales
y doctrinales de cuyas decisiones dependen
las personas de los clérigos y
de los fieles en comportamientos, derechos
y economías; los prelados, a la
vez señores temporales y pastores
en distritos bien determinados, a cuyas
órdenes están los esbatimentos
clericales y las asociaciones de fieles,
por lo que su provisión y gobierno
representan un capítulo primario
de gobierno público; las instituciones
religiosas regulares y laicas que son
las fuerzas más vivas y eficaces
en el campo del testimonio cristiano,
sobre todo en los valores religiosos y
en la labor asistencial y educativa por
entonces exclusiva de las iglesias; los
fieles que insertan por entero su vida
en la normativa eclesiástica, en
la práctica sacramental, en la
celebración litúrgica, en
el asociacionismo religioso y de esta
permanencia hacen confesión pública
ordinaria a lo largo de su vida y solemne
en los testamentos.