TEMA:
GALGOS, LA ESTACIÓN GALGUERA
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02-10-03
- La estación galguera
La caza de liebre con galgo comenzará el día 12
en la comunidad, mientras que con escopeta se retrasa al 26
Los cazadores desempolvan rifles
y escopetas y preparan trajes para recorrer,
una temporada más, los campos en compañía
de sus perros, preparados para la ocasión. Una buena
preparación física y un buen olfato es lo
que necesitan estos animales para deleitar a propios y extraños
y satisfacer el paladar de sus amos que esperan con impaciencia
la llegada de su presa. Escopeta en mano y escoltados por
sus canes recorrerán las tierras de Castilla en busca
de ejemplares que llevar a la cazuela, o, simplemente, para
disfrutar de esta práctica.
En
la comunidad, existen 143.157 licencias de cazadores que
esperan con impaciencia que se abra la veda tanto de caza
menor como de ciertas especies de caza mayor. Mientras,
los grandes amantes de esta modalidad deportiva disfrutaron,
el pasado fin de semana, de la IV Semana Ibérica
de la Caza y Pesca, dentro de la cual se disputó
el Campeonato de España San Huberto, la prueba más
importante de caza de España.
Profesionales
o no, pudieron practicar con las diferentes actividades
y competiciones de élite, tanto en el recinto ferial
como en los distintos escenarios deportivos destinados a
la competición. Además, gracias a esta feria,
los miles de aficionados pudieron afinar puntería
con el tiro al plato o el tiro olímpico.
Según
lo dispuesto en la Ley del 12 de julio de Caza de Castilla
y León, en el Decreto del 3 de septiembre, por el
que se declaran las especies cinegéticas de la Comunidad,
después de la celebración de los consejos
territoriales de caza y el Consejo de Castilla y León,
y tras la propuesta de la Dirección General del Medio
Natural, la Consejería de Medio Ambiente ha dispuesto
las normas que, durante esta temporada, regirán la
práctica de la caza en la comunidad. Normas que,
entre otras disposiciones, determinan las especies cazables,
tanto en caza menor, como es el caso del zorro, conejo,
liebre, perdiz roja, codorniz..., como en caza mayor, entre
las que se encuentran el ciervo, el gamo o el corzo.
La
práctica de este tipo de caza «se ha visto
perjudicada en las últimas épocas, y su desarrollo
ha sido menos importante por problemas como la enfermedad
padecida por los conejos, entre otras», según
aseguró la consejera de Medio Ambiente María
Jesús Ruiz Ruiz durante la inauguración de
la IV Semana Ibérica de Caza y Pesca. Pero la consejera
manifestó que están en marcha unos convenios
de colaboración con la Asociación Regional
de Caza para potenciar la práctica de la caza menor
y atajar esta situación.
Por
otra parte, la veda se abrirá el cuarto domingo de
octubre, día 26, y se prolongará hasta el
tercer domingo de enero, día 18, además de
las fechas que se establezcan para la «media veda».
El ejercicio de la caza menor, excepto lo estipulado para
las palomas migratorias en pasos tradicionales o lo establecido
para la media veda, queda limitado a los jueves, sábados,
domingos y festivos de carácter nacional y autonómico.
Una
de las prácticas que se autoriza dentro de la caza
menor es la caza de la liebre con galgo aunque no sólo
durante el periodo anteriormente citado. Además,
desde el próximo 12 de octubre, y hasta el cuarto
domingo de octubre, día 26 y desde el tercer domingo
de enero día 18, hasta el último domingo del
citado mes, la caza de la liebre con galgos está
permitida a las asociaciones que pertenecen a la Federación
Castellano y Leonesa de Galgos que además, estén
inscritas para participar en las presente ediciones del
Campeonato de España, o en el de Castilla y León
de Galgos y en los campeonatos provinciales, siempre que
dichos galgos tengan prevista su participación en
alguna de las pruebas disputadas con carácter oficial.
Esta práctica sólo podrá llevarse a
cabo en los cotos de caza titularizados o arrendados por
dichas asociaciones.
Con
carácter excepcional y con el objetivo de prevenir
posibles daños a la riqueza cinegética de
una determinada comarca o provincia, la Dirección
General del Medio Natural puede variar o suspender los periodos
hábiles, establecer la veda total o parcial en determinadas
comarcas o zonas cinegéticas que hayan sido objeto
de la quema incontrolada de rastrojos u otras prácticas
agrícolas perjudiciales para la caza.
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