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06-02-25 - El Ayuntamiento de Medina del Campo convoca una plaza de Técnico en Prevención de Riesgos Laborales.

Visita Virtual en el Ayuntamiento de Medina del Campo // Fuente: Google Street View 360º
Visita Virtual en el Ayuntamiento de Medina del Campo // Fuente: Google Street View 360º

La plaza está clasificada dentro de la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase de Técnicos Medios, y pertenece al grupo A, subgrupo A2

Redacción-. El Ayuntamiento de Medina del Campo ha anunciado la convocatoria de un proceso selectivo para la provisión de una plaza de Técnico en Prevención de Riesgos Laborales, que se cubrirá mediante el sistema de concurso-oposición. Esta oferta forma parte de la Oferta de Empleo Público del año 2023, según lo publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León -BOCYL- este 5 de febrero de 2025.

La plaza está clasificada dentro de la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase de Técnicos Medios, y pertenece al grupo A, subgrupo A2. Podrán acceder a este proceso selectivo aquellas personas que cumplan con los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria, entre los que destacan el poseer la nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea; tener una titulación universitaria de grado o equivalente, junto con la certificación que habilite para ejercer funciones de nivel superior en Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada; no haber sido separado del servicio en ninguna Administración Pública mediante expediente disciplinario y abonar la tasa de derechos de examen, que asciende a 17 euros.

El sistema de selección será por concurso-oposición y constará de dos fases. La primera fase de concurso valorará la experiencia profesional, la formación académica adicional y la realización de cursos relacionados con la prevención de riesgos laborales; la segunda fase de oposición: Consistirá en tres ejercicios eliminatorios que evaluarán los conocimientos teóricos y prácticos de los aspirantes.

El proceso concluirá con la publicación de la lista de aprobados, tras lo cual se procederá al nombramiento del candidato seleccionado como funcionario de carrera del Ayuntamiento de Medina del Campo.

Las solicitudes podrán presentarse en el Registro del Ayuntamiento de Medina del Campo o a través de los canales previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo de presentación será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Para más información, los interesados pueden consultar las bases completas en la página web del Ayuntamiento de Medina del Campo.

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18-02-25 - Avanza el diálogo entre sindicatos y gobierno en Medina del Campo

Avanza el diálogo entre sindicatos y gobierno en Medina del Campo
Avanza el diálogo entre sindicatos y gobierno en Medina del Campo

Negocian un nuevo acuerdo para el personal funcionario y la relación de puestos de trabajo

El gobierno municipal y los sindicatos de Medina del Campo avanzan en la redacción de un nuevo acuerdo para el personal funcionario, cuyo último convenio data de 2007. Este año ya se han celebrado dos mesas de negociación y se ha nombrado la comisión que estudiará el borrador sindical.

Ambas partes buscan un consenso que mejore las condiciones laborales y optimice los servicios municipales. También negocian la relación de puestos de trabajo (RPT) para garantizar estabilidad en la plantilla. «El convenio debe ser una herramienta clave para construir una administración más eficiente y cercana», destacan desde el ayuntamiento.

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03-03-25 - El Consejo de Cuentas recomienda a Medina del Campo hacer un seguimiento de su plan interno de igualdad. 

Fachada del Ayuntamiento de Medina del Campo.
Fachada del Ayuntamiento de Medina del Campo.

Once ayuntamientos han aprobado un plan interno de igualdad de los empleados públicos y los otros tres lo tienen en tramitación. Su contenido se ajusta, con carácter general, a la normativa básica reguladora de la función pública y a la ley orgánica de igualdad

Paula de la Fuente.- El pasado 27 de febrero, el Consejo de Cuentas aprobó el informe de «Fiscalización del cumplimiento de la normativa en materia de planes de igualdad por los municipios de más de 20.000 habitantes de Castilla y León». Un examen realizado en 14 ayuntamiento con más de 20.000 habitantes, salvo Ponferrada y San Andrés de Rabanedo, por ser objeto de auditorías específicas, la primera ya publicada en 2024 y la segunda actualmente en elaboración.

El informe realizado, tal y como ha detallado el Consejo, se presentará en las Cortes por el presidente Mario Amilivia. Una auditoría combinada, de legalidad y operativa, en la medida en que, por un lado, verifica el cumplimiento de la normativa en materia de igualdad entre hombres y mujeres y, por otro, analiza las actuaciones desarrolladas por las entidades locales para hacer efectivo dicho principio. Cabe recordar, por tanto, que la Constitución Española recoge en su artículo 14 como derecho fundamental la igualdad de las personas ante la Ley y prohíbe cualquier tipo de discriminación, entre otras, por razón de sexo. Además, en su artículo 9.2 consagra la obligación por parte de los poderes públicos de promover las condiciones para que esa igualdad sea efectiva. Sobre el papel específico de las entidades locales, la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de 2007, señala que «integrarán el derecho de igualdad en el ejercicio de sus competencias y colaborarán, a tal efecto, con el resto de las Administraciones públicas».

En primer lugar, se verifica que durante el ejercicio 2023 se haya cumplido con la normativa relativa a los planes de igualdad, tanto a nivel interno como externo. Posteriormente, se examinan las acciones implementadas dentro del plan aprobado, junto con su correspondiente evaluación y seguimiento. En el ámbito externo, los planes municipales de igualdad de oportunidades sirven como herramienta administrativa para implementar y desarrollar políticas públicas que promuevan la igualdad y combatan la violencia de género. A nivel interno, los planes de igualdad dirigidos a los empleados públicos buscan prevenir cualquier forma de discriminación laboral entre hombres y mujeres.

Pues bien, después de este proceso de fiscalización, el Consejo asevera que, «mayoritariamente», los ayuntamientos han cumplido con su obligación de aprobar un plan de igualdad de los empleados públicos, como compromiso con la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, y con la lucha contra la discriminación por razón de sexo. En los Ayuntamientos de Soria, Aranda de Duero y Miranda de Ebro, en los que no se ha aprobado este plan en el ámbito temporal de la fiscalización, el mismo se halla en fase de tramitación.

Medina del Campo y sus recomendaciones en materia de igualdad

Con carácter general, se han cumplido los requisitos de registro de los planes internos, excepto los Ayuntamientos de Ávila, Burgos, León y Palencia, así como de su publicidad, salvo el Ayuntamiento de Laguna de Duero. Su contenido se ajusta, con carácter general, a la normativa básica reguladora de la función pública y a la ley orgánica de igualdad.

Los once municipios que disponen de planes internos prevén el seguimiento y evaluación de los objetivos definidos en los mismos, si bien no lo han efectuado León, Palencia, Zamora, Arroyo de la Encomienda, Laguna de Duero y Medina del Campo. Además, el Consistorio de la Villa de las Ferias -junto al de Ávila, Burgos, León, Segovia, Valladolid, Zamora, Miranda de Ebro y Arroyo de la Encomienda, «debería fijar en su plan municipal un calendario de actuaciones con plazos específicos para ejecutar las medidas previstas en el mismo», reza una de las 10 recomendaciones extraídas del informe emitido por el Consejo de Cuentas de Castilla y León.

Los Ayuntamientos de Burgos, Laguna de Duero y Medina del Campo, deberían dar publicidad a sus planes internos de igualdad de la forma prevista en la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Además, «en caso de empate entre candidatos en la resolución de procesos selectivos o de promoción del personal, los Ayuntamientos de Salamanca y Medina del Campo deben prever que las convocatorias se remitan a los criterios legales y objetivos de desempate legalmente establecidos y deben aplicar otro tipo de acciones positivas, antes de adoptar medidas de discriminación positiva en favor de uno de los sexos».

En esta línea, Medina del Campo también debería efectuar un seguimiento y evaluación de los objetivos «previstos en sus planes internos, con la periodicidad establecida. Una recomendación a la que se suma el «llevar a cabo las acciones o medidas sobre formación en la prevención y eliminación de la violencia de género conforme a su previsión en el plan municipal» o realizar acciones programadas en término de participación ciudadana y asociacionismo, «sin desviaciones con lo previsto en su plan municipal».

Finalmente, este análisis invita a Medina del Campo a tomar conciencia de su deber para «difundir entre su personal el conocimiento de las medidas de conciliación de la vida laboral y personal, debiéndose verificar el cumplimiento de estas acciones a través de los indicadores definidos».

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