TEMAS MEDINENSES

UN PRIVILEGIO DE HIDALGUÍA DEL REY FERNANDO VI

 

Ha llegado a mis manos, meses atrás, procedente de su propietario, a fin de examinarle, un documento encuadernado bellamente en terciopelo rojo, con Privilegio de Hidalguía del Rey Fernando VIcierres de plata, en tamaño folio, y que sobre pergamino en catorce hojas, de ellas once recuadradas en doble filete rojo con texto en negro, dibujados magníficamente en tipo cursivo que parece impreso por su perfección y cuidado; una verdadera obra de arte para tener, con la firma del Rey don Fernando VI, de 24 de septiembre de 1749.

Se trata de un "privilegio de Hidalguía" que en forma de Real Decreto, y con la anuencia de su Real Consejo.E encabezamiento de este documento comienza con el consabido: "DON FERNANDO por la Gracia de Dios Rey de Castilla, de León, de Aragón, de las Dos Sicilias, de Jerusalén, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba, de Córcega, de Murcia, de Jaén, de los Algarbes, de Algeciras, de Gibraltar, de las Islas Canarias, de las Indias Orientales y Occidentales, Islas y Tierra firme del mar Océano. Archiduque de Austria, Duque de Borgoña, de Brabante y de Milán, conde de Abspurgo, de Flandes, Tirol y Barcelona; Señor de Vizcaya y de Molina.

POR QUANTO POR PARTE DE VOS DON ALONSO DE CANTALAPIEDRA, vecino de La Seca me ha sido hecha relación, sois Hijo de Don Alonso de Cantalapiedra y de Doña Inés Rodríguez, su Mujer; Nieto de Don Lorenzo de Cantalapiedra y Doña María Lavajo Bayón la suya, vecinos de dicha villa; y Biznieto de Don Gabriel de Cantalapiedra, y de Doña Ana Navarro vecinos que fueron de la de Medina del Campo: Que el citado Don Gabriel por ser hijo dalgo, y de linaje noble, concurrió y fue llamado por los mismos linajes de dicha villa a las Juntas que se hicieron antiguamente, especialmente en el año 1608 en el convento de San Francisco de dicha villa, en la que se juntaron y al presente lo ejecutaron los Linajes antiguos nobles que en ella se conservan donde no hay otro distintivo de nobleza que el de su oriundo de alguno de los Linajes, por pagarse los haberes Reales por Gremios, y no hacerse repartimientos de Pechos; que para mayor prueba de vuestra nobleza el dicho Don Lorenzo vuestro Abuelo e Hijo del expresado Don Gabriel, en la referida Villa de la Seca, habiendo, como hay distinción de Estados, fue único Alcalde mayor, y Gobernador por el de Hijos-dalgo y General ocho años continuos, desde el de 1664, hasta el de 1672, sin contradicción alguna, corro todo consta de los Testimonios, Información, Feés de casamiento y de Baptismo que habéis presentado.

Y se termina el escrito Real así: "Tómese Razón del Privilegio de Hidalguía de S.M. escrito en los once folios antecedentes de la Contaduría General de Valores de las Real Hacienda (RHazda) en la que consta haberse satisfecho al dro. de la media annata 71.ooo maravedíes por la razón que en él se expresa".

Como parece en pliegos cincuenta y nueve de la Comisaría de la Cámara de este año. Madrid 24 de septiembre de 1.749. Firmado Antonio López Salces.

Y en bajo de la penúltima página en distinto tipo y cuerpo de letra, muy bien escrita, como impresa, figura lo siguiente: "V.M.. Declara que Don Alfonso de Cantalapiedra, y sus Hijos y Descendientes son Hijos dalgo notorios de Sangre, como Descendiente legítimo de Don Gabriel de Cantalapiedra su Bisabuelo, que gozó de tal, como aquí se expresa. (Rúbrica). Antes, y en esa penúltima página, se ve la tradicional firma del Rey Fernando VI como era por entonces ("Yo el Rey"), y a continuación una pequeña rúbrica de lazos. Quizás diremos más sobre este tema.

Ricardo Sendino González. (Cronista de la Villa)

 

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