Reformas
y fin de ferias en Medina del Campo
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Operaciones de un
banquero medieval. Miniatura de un manuscrito del siglo
XIV. Museo Británico. Londres
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Lo peor, sin embargo,
estaba aún por llegar. Después de unos años en
que los retrasos se acumulaban escandalosamente (en abril-agosto
de 1575 se reunieron en una sola convocatoria los pagos correspondientes
a las seis ferias de 1572, 1573 y 1575), el decreto de 1 de septiembre
de 1575 por el que Felipe II suspendía por segunda vez los pagos
de la monarquía y anunciaba la revisión de los asientos
hechos desde 1560, quebrantó todavía más el crédito
e hirió de muerte a las ferias
de Medina del
Campo. En realidad, éstas no volvieron a celebrarse
hasta finales de 1578, luego de la conclusión, en 9 de diciembre
de 1577, del "medio general" (renegociación de
la deuda) por el que se restablecía a los banqueros genoveses
en la posición de la que se los había desplazar dos años
antes.
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Miniatura del siglo
XV que representa a un cambista tras su mesa de trabajo.
Biblioteca Nacional. París
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A pesar de las reformas
de 1578 y 1583 y de la relativa regularidad que presidió durante
los años siguientes su celebración, las ferias de Medina
no volvieron a recobrar su antiguo esplendor. El
volumen de los negocios bajó muchísimo, especialmente
en su vertiente financiera, y la competencia Madrid-Alcalá era
una realidad por las providencias dadas en 1571 y 1578 (mediante
las cuales se intentó imponer la prohibición de "cambiar"
del extranjero sobre otro lugar que no fuesen las ferias de Medina)
no consiguieron contrarrestar. Es más, la real cédula
de 7 de julio de 1583, que organizaba una de las reformas dichas, terminó
admitiendo la libertad de "cambiar" para otras plazas
siempre que no fuese durante los cien días que duraban las ferias
de Medina, las cuales tendrían a partir de entonces tres convocatorias
a celebrar durante los meses de febrero, Junio y octubre.
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Entrada al palacio
que fuera residencia del banquero Francisco de Dueñas,
construida en Medina del Campo entre 1528 y 1543. Enlace
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En la práctica,
empero, ello suponía el fin del monopolio de las operaciones
de cambio de Medina
del Campo y el reconocimiento de Madrid como gran mercado
financiero, en donde después de la crisis de 1575 y el posterior
medio general de 1577 se concluyeron los asientos de la monarquía.
Y aunque por esta razón la corona se abstuvo de intervenir en
las ferias, hecho que desde entonces garantizó el regular funcionamiento
de los pagos (concentrados nuevamente en los saldos de las compraventas
y las operaciones de compensación entre las importaciones y las
exportaciones), tal alejamiento no podía traer, por paradójico
que parezca, sino fatales consecuencias para el futuro al faltarles
el lubricante que antes las animaba. A partir de 1592, además,
los retrasos en la llegada de las flotas de Indias hicieron aparecer
otra vez el problema de las prorrogas.
Empero, el golpe que
desquició de forma prácticamente definitiva el mecanismo
ferial sobrevino, al igual que en ocasiones similares anteriores, como
consecuencia del decreto de suspensión de pagos de 1596, en virtud
del cual Felipe II retomaba nuevamente para sí las rentas asignadas
a sus acreedores.
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Plaza Mayor de Medina
del Campo, lugar de encuentro de comerciantes y cambistas
durante la época de actividad de las ferias de la
villa
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El medio general de 28
de noviembre de 1597 supuso la vuelta de los asientos a las ferias de
pagos de Medina,
pero la mudanza no tuvo otro efecto que hacerles perder la regularidad
casi satisfactoria con que habían funcionado los últimos
veinte años.
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El esplendor de Medina
del Campo. Enlace
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Tratóse entonces
de enderezar las cosas mediante la publicación, en 20 de marzo
de 1602, de unas nuevas ordenanzas, fechadas en 23 de septiembre de
1601, las cuales, parte de ordenar el traslado de las ferias a Burgos,
contemplando la elevación a cuatro del número de sus convocatorias.
Era un último intento de reanimar la contratación ferial
puesto que se volvía a insistir en la prohibición de los
cambios "al uso", es decir, a fecha fija y fuera de los periodos
de ferias, fin para el que justamente se ampliaba el número de
convocatorias. Todo resultó inútil. Ni las ferias recuperaron
la regularidad perdida ni los banqueros y hombres de negocios mostraron
inclinación a asistir a ellas. La contratación financiera
discurrió en realidad al margen de las ferias, y por si fuera
poco, el clima de las relaciones del monarca con sus banqueros, enturbiado
por los procuradores reunidos en Cortes, no era el más propicio
para asegurar su presencia en las ferias. Por eso, cuando en 1604 éstas
retornaron a Medina
del Campo, lo hicieron para extinguirse irremisiblemente,
proceso que se consumó tras la instalación definitiva
de la corte en Madrid (1606). Sin embargo, desde el punto de vista legal,
las ferias de Medina subsistieron durante todo el siglo XVII, pues su
desaparición no se produjo hasta las actuaciones, a comienzos
del siglo XVIII, de la llamada Junta de Incorporación.