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Iglesia Colegiata de San Antolín
de Medina del Campo. Dijujo a plumín autor página |
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Los Reyes Católicos. Dña.
Isabel I de Castilla y de Aragón (1474 - 1450), y Don Fernando
V de Castilla y II de Aragón (1474 - 1516), nada más
finalizar los conflictos sucesorios que su llegada al trono castellano
se suscitaron con Portugal y con una parte de la nobleza castellana,
se marcaron entre otros objetivos menores, el de asegurar y consolidar
las dos Ferias
anuales de Medina del Campo,
de transcendental importancia por su carácter cosmopolita
y hechura, en su grandeza, del medinés don
Fernando
de Antequera, así
como el elevar la categoría eclesial de la Villa, deseo
éste que no pudo ver realizado aquel, que fue abuelo del
Rey Católico y tio-abuelo de su esposa Dña. Isabel,
y logrado por ambos con la pronta pacificación del reino
castellano y la seguridad de los caminos y rutas comerciales,
en lo referente a las citadas Ferias
de mayo y octubre de Medina,
consiguiendo también que el Papa Sixto
IV, por Bula del 20 de junio de 1480 crease la Abadía
de Medina del Campo, teniendo como Colegiata, la vieja parroquia
de San Antolín, sita en la ferial y gran
Plaza
Mayor, y dotándola
con 29 prebendas, distribuidas del siguiente modo:
Cinco dignidades, a saber: Abad,
Prior, Chantre, Tesorero y Maestreescuela, más doce canónigos,
seis racioneros y seis medio-racioneros, a los que había
que agregar un cura de almas (párroco) cuatro capellanes
colativos y dos capellanes de coro. Antes de entrar en otras particularidades
históricas, estimamos deber nuestro aclarar el concepto
canónico de "beneficio eclesiástico",
o sea el que figura en el lema del escudo
y armas de Medina, después
de "NI EL REY OFICIO..." el de "NI EL
PAPA BENEFICIO". Entendemos pues ese BENEFICIO, eclesial,
"el derecho a percibirla renta inherente al desempeño
de determinadas funciones eclesiales, como cura de almas, canto
coral, u otras funciones análogas". también
debemos añadir, que el Abad medinense tuvo insignias, bendición
episcopal y una jurisdicción también "causi-episcopal",
de la que estaban explícitamente excluidas los pleitos
matrimoniales, la colación de "beneficios",
y la concesión de órdenes sagradas.
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Sillería de la Iglesia Colegiata
de San Antolín |
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La forma de provisión
de las prebendas eclesiales antedichas es harto interesante y
singular porque en ella no intervenían, directamente ni
el Papa, ni el Rey, ni el Obispo de Salamanca, (hasta 1595 luego
el de Valladolid), si Señor alguno, porque dicha provisión
la efectúan exclusivamente los feligreses medinenses. En
virtud de la referida Bula de Sixto IV, la dignidad de Abad se
nombraba de forma análoga a épocas anteriores para
nominar el Arcipreste, es decir "se nombraba (al Abad),
entre los capitulares del Cabildo Mayor, que estaba compuesto
por los "beneficiados" de las parroquias de la Villa",
(en 1480 eran catorce), y debían pertenecer al gremio de
los propios beneficidos, para realizar esta elección, se
juntaban, a modo de "conclave" en la parroquia
mayor de San
Nicolás,
todos los electores, y proclamados los candidatos idóneos,
por votación individual de todos los presentes, que integraban
el Cabildo Mayor, se elegía, por mayoría de votos,
el Abad, el cual, investido de las ropas y insignias de su rango,
y montado en una mula blanca, (a ser posible), en solemne procesión,
era conducido desde esta antedicha parroquia mayor de San
Nicolás,
a través de las calles de Herrería, principio de
la de Valladolid, puente de las
Cadenas
o de San Miguel, Rúa
Nueva, hasta la
gran Plaza Mayor de la Villa, y atravesándola, ascendía
hasta el atrio de la Colegiata
de San Antolín,
donde era esperado por todo el Cabildo Colegial, presidido por
el Prior, el cual le tomaba juramento solemne "de respetar,
cumplir y hacer cumplir" los fueros y derechos de la
Colegiata
y su Cabildo, y una vez recibido el juramento, era introducido
en el templo y en su sillería coral era sentado en el sitial
del Abad, desde donde recibía el acatamiento y reverencia
de todos y cada uno de los miembros del referido Cabildo colegial,
cantándose un solemne "Te Deum". Esta
elección era "presentada" al Obispo de
Salamanca, y luego de instaurada la diócesis de Valladolid
1595, el prelado vallisoletano, que debía conceder la "colación"
de esa dignidad abacial, no pudiendo rehusar hacerlo salvo por
notoria y manifiesta indignidad del propuesto o "presentado".
El último Abad de la S.I.
Colegiata
de Medina del Campo,
fue elegido en 1840, y en virtud del Concordato de 1851, firmado
entre la Reina Isabel II, por parte de España, y el pontífice
Pío IX, por el cual se dan por terminados y se legalizan
las leyes desamortizadoras y de exclaustración de religiosos
y religiosas, suprimiendo también las jurisdicciones exentas
y extraordinarias hasta entonces existentes.
En
los años de esplendor de la Villa medinense, que coincide
con el pleno auge y apogeo de sus Ferias,
las elecciones, tanto del Abad, como de los canónigos y
de los distintos beneficiados de las parroquias de Medina del
Campo, por la importancia que dichos "beneficios"
tenían, tanto en el aspecto económico como en el
de posición social, suponía, muchas veces, alteraciones
y algaradas populares, y hasta "simonias encubiertas",
lo que motivó, que al cabo de los tiempos, el pontífice
Benedicto XIV promulgase con fecha 29 de abril de 1756, una Bula
que modifica y hace más fácil y limpia la provisión
(elección) de estos beneficios parroquiales; es decir cuando
la elección correspondía a la masa total de feligreses,
éstos delegaban en cinco de ellos mediante la popularmente
denominada "suerte del cántaro", o sea
que en un recipiente o cántaro eran introducidas una papeletas
con los nombres de todos los feligreses electores, y por una mano
"inocente" se sacaban las cinco papeletas que
designaban a los compromisarios-electores de la parroquia en cuestión.
Al
morir el Abad Zapata en 1846, según el cronista Moraleja,
solamente vivía un elector, que era don Manuel Damián
Melgar, beneficiado de la parroquia medinense de Santo
Tomás
apóstol, y también dos canónigos de la Colegiata
de San Antolín,
uno el prior don Antolín Alonso y el otro don Ángel
Zurdo, que cuando murieron estos tres clérigos seculares
quedaron la extinguidos ambos Cabildos medinenses, el de la Colegiata
y el de las parroquias.
Cuando
entró en vigor, como Ley del Reino, el Concordato de 1851,
se estipuló, respecto a Medina del Campo, como reminiscencia
y buen recuerdo histórico del Cabildo de la Colegiata de
San
Antolín,
el establecimiento de cuatro beneficiados, para solemnizar el
culto divino en tan amplio templo, los cuales al no renovarse
ya en este siglo bien entrado, fueron desapareciendo con la muerte,
hasta el 27 de julio del 1948 en que falleció el último
de estos beneficiados, que fue, mi querido maestro y confesor
D.
Gerardo Moraleja Pinilla,
a los 63 años de su edad, desapareciendo con él,
el último símbolo de la Abadía de Medina
del Campo, de la cual fue también Cronista Oficial. De
aquellas dignidades que en 1480 estableciera Sixto IV, de Abad,
Prior, Chantre, Tesorero y Maestrescuela, con los doce canónigos,
más los cuatro capellanes colativos y otros dos capellanes
de coro y el cura del alma, quedaron reducidos en 1948, al párroco
y arcipreste entonces don Gaspar Valdivieso Valdivieso (profesor
de religión en el Instituto Laboral Emperador
Carlos
del autor de esta página), un coadjutor-capellán
don Lucio Martínez Vaca, y un beneficiado de la Colegiata,
el último, D.
Gerardo Moraleja Pinilla.
El
antedicho último Abad de Medina, que hacía el número
23 en el periodo histórico comprendido entre 1480 y 1846,
en que dejó de existir esa dignidad en la persona del medinés
don José Zapata y Cáceres, no lo fue en la plenitud
de los derechos y prerrogativas jurisdiccionales, así como
uso de las insignias y atributos episcopales, desde la muerte
en 1592 de don Diego Ruiz de Cámara, el cual unas semanas
antes de fallecer había renunciado a su dignidad en el
Cabildo de beneficiados parroquiales de Medina, desobedeciendo
al rey Felipe II que quería ya elevar a Obispado a Valladolid,
haciendo desaparecer la Abadía de Medina del Campo. El
Cabildo medinés eligió canónicamente, a tenor
de la Bula de Sixto IV de 1480, a don Miguel de Bricianos, que
lo fue "de jure" sin llegar a ejercer su dignidad
"de facto", obedeciendo al rey, que logró
que el obispo de Ávila le nombrase Abad de Burgohondo,
quedando por tanto vacante la Abadía de Medina del Campo,
ordenado Felipe II la suspensión severa de la preceptiva
elección de Abad, que al estar vacante, se suprimió,
de momento, uno de los impedimentos que ponía el papa Clemente
VIII para elevar a la Abadía vallisoletana a obispado,
lo que se logró por Bula de dicho papa el 25 de septiembre
de 1595. La Villa medinense estuvo sin Abad desde el 7 de Agosto
de 1597, hasta después de la muerte del Rey Prodente (1598).
Con la creación del Obispado de Valladolid, la Abadía
de Medina quedó integrada en la nueva diócesis,
y nuestros abades pierden su jurisdición, preeminencias
e insignias episcopales, pasando con ello a ser una dignidad honorífica
y su función quedó reducida a la presidencia de
los cabildos, dado que su jurisdicción externa pasó
íntegra al Vicario del Obispo vallisoletano, teniendo en
cuenta que la Bula de creación d la diócesis de
Valladolid, el Pontífice Clemente VIII establece taxativamente
que el prelado del nuevo obispado tenía que nombrar un
Vicario "que residiendo en Medina ejercería la
jurisdicción ordinaria" esto fue inflexiblemente
mantenido siempre por Roma, hasta el Concordato de 1851, en que
la excesiva despoblación de la Villa impuso otra pastoral
por parte de la jerarquía eclesiástica.
Al
morir el Abad Zapata en 1846, según el cronista Moraleja,
solamente vivía un elector, que era don Manuel Damián
Melgar, beneficiado de la parroquia medinense de Santo
Tomás
apóstol, y también dos canónigos de la Colegiata
de San Antolín,
uno el prior don Antolín Alonso y el otro don Ángel
Zurdo, que cuando murieron estos tres clérigos seculares
quedaron la extinguidos ambos Cabildos medinenses, el de la Colegiata
y el de las parroquias.
El
antedicho último Abad de Medina, que hacía el número
23 en el periodo histórico comprendido entre 1480 y 1846,
en que dejó de existir esa dignidad en la persona del medinés
don José Zapata y Cáceres, no lo fue en la plenitud
de los derechos y prerrogativas jurisdiccionales, así como
uso de las insignias y atributos episcopales, desde la muerte
en 1592 de don Diego Ruiz de Cámara, el cual unas semanas
antes de fallecer había renunciado a su dignidad en el
Cabildo de beneficiados parroquiales de Medina, desobedeciendo
al rey Felipe II que quería ya elevar a Obispado a Valladolid,
haciendo desaparecer la Abadía de Medina del Campo.
El
Cabildo medinés eligió canónicamente, a tenor
de la Bula de Sixto IV de 1480, a don Miguel de Bricianos, que
lo fue "de jure" sin llegar a ejercer su dignidad
"de facto", obedeciendo al rey, que logró
que el obispo de Ávila le nombrase Abad de Burgohondo,
quedando por tanto vacante la Abadía de Medina del Campo,
ordenado Felipe II la suspensión severa de la preceptiva
elección de Abad, que al estar vacante, se suprimió,
de momento, uno de los impedimentos que ponía el papa Clemente
VIII para elevar a la Abadía vallisoletana a obispado,
lo que se logró por Bula de dicho papa el 25 de septiembre
de 1595. La Villa medinense estuvo sin Abad desde el 7 de Agosto
de 1597, hasta después de la muerte del Rey Prodente (1598).
Con la creación del Obispado de Valladolid, la Abadía
de Medina quedó integrada en la nueva diócesis,
y nuestros abades pierden su jurisdición, preeminencias
e insignias episcopales, pasando con ello a ser una dignidad honorífica
y su función quedó reducida a la presidencia de
los cabildos, dado que su jurisdicción externa pasó
íntegra al Vicario del Obispo vallisoletano, teniendo en
cuenta que la Bula de creación d la diócesis de
Valladolid, el Pontífice Clemente VIII establece taxativamente
que el prelado del nuevo obispado tenía que nombrar un
Vicario "que residiendo en Medina ejercería la
jurisdicción ordinaria" esto fue inflexiblemente
mantenido siempre por Roma, hasta el Concordato de 1851, en que
la excesiva despoblación de la Villa impuso otra pastoral
por parte de la jerarquía eclesiástica.
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Torre de la Iglesia Colegiata de San
Antolín vista desde la calle de Bravo |
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Los
veintitrés abades que rigieron eclesiásticamente
a Medina del Campo y sus lugares a partir del año de Gracia
de 1480, en que los Reyes Católicos presentaron a Roma,
como primer Abad de la Colegiata de San Antolín de nuestra
Medina, a su capellán y miembro de su Consejo Real, al
medinés don Alonso de Rodríguez Manjón (1480
- 1502), se sucedieron el la silla abacial medinense los siguientes:
Don Juan Ryz de Medina, 1502 .1507), catedrático de Cánones
en la Universidad de Valladolid, y Obispo que fue de Astorga,
Badajoz, Cartagena, y por último de Segovia, presidente
de la Real Chancillería, y, siendo ya obispo de la fraterna
ciudad del Acueducto, fue promovido a la Abadía de Medina,
su patria chica en 1502, edificando a sus expensas la Capilla
Mayor de la Colegiata, así como su altiva torre, fijando
su enterramiento, donde reposa sus restos, bajo la actual tarima
de la referida Capilla Mayor en sencilla lauda de piedra de Toledo;
como tercer abad fue elegido don Bernardino Gutiérrez (1507
- 1520), el cual logró de Roma el privilegio, para sí
y sus sucesores los derechos a usar insignias episcopales (mitra,
báculo, anillo y guantes) y poder impartir los sacramentos
del Orden por una sola vez le sucede el llamado "abad
comunero" don Alongo García del Rincón
(1520 - 1533), entonces abad de Complutun (Alcalá de henares),
l cual por su participación activa en las Comunidades,
después de la derrota de Villalar (24-04-1521), fue exceptuado
en la "carta de perdón general" y condenado
por la justicia del rey Carlos I, y posteriormente indultado totalmente.
El
quinto Abad medinés los fue don Diego Ruyz de la Cámara
(1533 - 1565), y a su muerte, el rey Felipe II, por orden real
expresa, suspendió la elección hasta 1570, queriendo
lograr que Roma variar el sistema de elección, cosa que
no consiguió, por lo que, siguiendo con lo preceptuado
en la Bula de creación de la Abadía en 1480, fue
electo don Juan Antonio Bricianos (1750 - 1581), el cual era ya
Obispo de Jovenazo (en Italia); a este le sucede don Jerónimo
de Dueñas, elegido como beneficiado que era de la parroquia
de San
Salvador,
y además arcediano de Nájera y Deán de la
Catedral de Zamora; el octavo Abad de Medina del Campo lo fue
el íntegro y valeroso don Diego Ruiz de Montalvo (1585
- 1592), el cual llamado a su presencia por el rey Felipe II,
no se doblegó a sus exigencias para que renunciara en él
la abadía, y lo hizo, a las pocas horas, pero no a manos
del monarca sino del Cabildo medinense, volviendo a la presencia
real para notificarlo, lo que contrarió al Rey Prodente,
que le mandó no salir de la Corte, muriendo allí,
en Madrid, a los pocos días.
Vacante,
entonces, la Abadía de Medina, Felipe II ordenó
que el electo Abad, don Miguel de Bricianos, no tomase posesión
canónica de la Abadía hasta que él proveyera
lo que había de hacer, y no es hasta ya después
de dos años de la muerte del Rey (1598), cuando se autoriza
veridicar la elección del nuevo Abad, que lo fue don Domingo
de León y Alva (1600 - 1603), medinense como todos los
antecesores hasta la fecha y solamente conocida como referencia.
Este Abad don domingo de León, es el primero que coexiste
en la Villa con el Vicario del Obispo de Valladolid, el cual como
tal Vicario poseía la jurisdicción externa en todo
el antiguo territorio de la vieja Abadía medinense.
A
este breve Abad, le sucede don Juan de Ribera Morejón (1603
- 1628) que como antecesor y como ya todos sus sucesores, hasta
la extinción de la Abadía (1846), quedaron reducidas
sus funciones externas a la presidencia de los dos Cabildos y
otros actos protocolarios que venían a recordar sus antiguas
preeminencias. Al Abad Ribera Morejón le sucede don Francisco
Galisteo (1628 - 1637), y a éste don Diego
Polanco Giraldo
(1637 - 1657), el cual tuvo su sepulcro en el templo medinense
de la Vera
Cruz,
sito hasta 1961 en la plaza del Pan (iglesia penitenciaria de
la Vera
Cruz
y también parroquia
de Nuestra Señora del Castillo
y sobre su tumba en actitud orante estaba su estatua esculpida
en yeso patinado, que cuando fue derribado este templo medinés,
al parecer estuvo su efigie "rodando por esos campos medinenses",
todo debido a la incuria de los hombres y del tiempo, y también
por carecer de valor artístico, más quizás
por la materia que por la forma.
Después
del Abad Polanco,
ocupó la silla abacial medinense, don Juan Francisco de
Dueñas, que fue el segundo de este linaje en ocupar esta
dignidad eclesial, y a éste le sucede D. Antonio Ribera
y Crema (1685 - 1702), siendo el periodo abacial de don Juan Francisco
de Dueñas el comprendido entre 1657 al 1685. Al fallecimiento
del Abad Ribera y Crema ocupa el cargo sucediéndole don
Francisco Nuñez del Prado (1702 - 1710), y a este le sigue
como Abad don Pedro de Ribera y Crema, hermano del anterior citado
don Antonio, y que regenta esta dignidad desde 1710 al 1717. Nuestro
siguiente Abad de la Colegiata
de San Antolín
fue don Juan León y Castañeda (1717 - 1740), y a
la muerte de éste fue elegido don Manuel Lisón de
Tejada (1740 - 1767), y al que le sucede en esta decaída
dignidad colegial don Nicolás Cipriano de Villarroel (1767
- 1801), y a éste don Miguel Andrés Flores (1801
- 1805), siendo su sucesor don Agustín Rodríguez
Campos (1805 - 1813), el cual tuvo que capear la ocupación
y desafueros de las tropas francesas, siendo su sucesor y ya último
abad de Medina del Campo, el ya citado don José Zapata
y Cáceres (1813 - 1846), que también tuvo que pechar
con la creciente e importante ruina y despoblación de la
villa de medinense, y como consecuencia de la cual, a su muerte,
no pudo, por imposibilidad material, celebrarse la canónica
elección, al no existir en esas fechas más que un
solo elector, al no cubrirse en las décadas anteriores,
por falta de beneficiados, las vacantes que en los dos Cavildos
eclesiales se iban produciendo, al igual que en el resto de los
estamentos civiles de Medina del Campo; éste único
elector fue don Manuel Damián Melgar, beneficiado de la
medinense parroquia de Santo
Tomás
apóstol, esto en cuanto se refiere al Cabildo parroquial,
ya que en el otro Cabildo, el de la Colegiata
de San Antolín
no quedaban más que dos canónigos, uno con la dignidad
de Prior que era don Antolín Alonso, y el otro don Ángel
Zurdo canónigo racionero como ya anticipamos.
Ya
la despoblación de Medina del Campo era tan aguda que y
crítica en estos años de finales de l siglo XVIII
y primera mitad del XIX que el Procurador del Común don
Serafín Martínez del Rincón, en un claro
y razonado "pedimento" por él suscrito
y fechado el 4 de marzo del año 1803, decía: "se
tendrá que contado esta Villa, - (se refiere a Medina)-,
novecientos vecinos- (aquí se refiere a habitantes)- cuyas
dos terceras partes son jornaleros y artesanos, hayan de subsistir
siete parroquias y en ellas veinticuatro beneficiados habiendo
además nueve conventos de religiosos y la Colegiata. "La
decadencia dimana de la falta de población". Como
apreciará el lector de estas líneas, el panorama
de Medina, en esos años, era desolador, y el dictamen de
esta ilustre medinés muy certero.
Al
hilo de estas consideraciones, vamos ahora a recopilar sobre estos
temas. Cuando se creó el Obispado de Valladolid por Bula
del Pontífice Clemente VIII, fechada el 25 de septiembre
de 1595, las parroquias que entonces tenía Medina del Campo
eran catorce, habiendo desaparecido como tal, la Parroquia Mayor
de San
Nicolás
al incendiarse su techumbre en 1592, (culpables, las "luminarias"
colocadas en sus tejados) con ocasión de la visita que
realizó a la Villa medinense la Católica y Real
Majestad de don Felipe II acompañado de su hijo el Príncipe
de Asturias y futuro rey seis años más tarde, Felipe
III.
Las
referidas catorce parroquias de Medina eran las siguientes: la
de San
Antolín(dentro
e la Colegiata), la de San
Esteban,
San
Facundo y San Primitivo,
la de San
Juan del Azogue
(en la advocación de "San Juan Ante Portam Latinam"),
San Martín de Tours, San
Juan de Sardón,
San
Miguel Arcángel,
San
Pedro
apóstol, la de Santa
Cruz,
y
San
Pablo,
Santa
María de la Antigua,
Santa
María del Castillo
y el Salvador
y
la nueva entonces de
Santo
Tomás,
apóstol, es decir las catorce en total.
Estas
parroquias eran PERSONALES y no TERRITORIALES como son actualmente
y lo eran entonces en la generalidad de las villas y ciudades,
es decir que las feligresías medinenses estaban constituidas
por familias, sin sujeción a demarcación alguna
de territorio, con tal que residiesen en la propia Villa, "pues
cada familia, por ese derecho a elegir curas y administrar bienes
de sus iglesias y de optar a sus "beneficios" estaban
vinculadas a la misma, y ese vínculo no se deshacía
por trasladarse de una calle a otra, dentro de la Villa".
Ya
nos hemos referido a que la creciente y aguda despoblación
de Medina del Campo había reducido el número de
sus parroquias, en 1805 a siete solamente, para novecientos feligreses
o habitantes, y cuando se firmó el Concordato de 1851 entre
la Santa Sede y España, quedaron reducidas a cuatro solamente,
para una población que, en el censo fiable de 1848, como
ya hemos repetido, era solo de 780 habitantes. Como resumen y
exponente de todo lo que llevamos expuesto, ya para mejor información
dl lector, anotaremos que "el régimen eclesiástico
(de Medina) era mejor que el civil, y fue esencialmente democrático".
En efecto, los feligreses de cada parroquia elegían ("presentaban"
en el lenguaje canónico) a sus beneficiados al Obispo de
Salamanca (antes de octubre de 1595) y a partir de la erección
en diócesis de la abadía de Valladolid, a su Obispo.
A estos prelados (al de Salamanca y luego al de Valladolid) les
correspondía únicamente la "colación"
que el obispo no podía rehusar sino era por positiva constancia
de la indignidad o incapacidad de la persona presentada.
Al
desaparecer esta Abadía de Medina del Campo, por propia
consumición y muerte, el ya citado Concordato de 1851,
fue reconvertida en Archiprestazgo, así como Nava del Rey,
y las parroquias (dos) de Pozaldez,
Moraleja
de las Panaderas,
Gomeznarro,
Rubí
de Bracamonte,
Cervillego
de la Cruz,
Fuente
el Sol,
y los despoblados de Valverde, Tobar, Miguel Serracín o
Serracino pertenecían los años pares a la diócesis
de Valladolid,
y los impares a la de Ávila. Así transcurrieron
las cosas eclesiales medinenses hasta 1954 por entrar en vigor
otro Concordato de la Sede Apostólica.
Para
finalizar añadiremos que el Obispado de Valladolid fue
elevado a Arzobispado por el mentado Concordato del 13 de Marzo
de 1851, ateniendo como diócesis sufraganeas las de Astorga,
Ávila,
Salamanca,
Segovia,
Zamora
y Administración Apostólica de Ciudad Rodrigo. Por
otra parte, el Decreto-Ley de 1954, convirtió el territorio
de la diócesis de Valladolid
coincidente con los límites civiles y administrativos de
su territorio provincial, en virtud del citado Concordato. Así
mismo los antedichos despoblados, con núcleos de población
están actualmente desaparecidos, quedando ahora reducidos
a meras referencias históricas y catastrales, y agregados
a los términos municipales respectivos. Aunque Medina del
Campo tuvo en sus tiempos de máximo esplendor (primera
mitad del siglo XVI) veintidós parroquias, diez y ocho
conventos, insigne Colegiata,
dos Cabildos eclesiales (el parroquial y el colegial), más
doce hospitales, doscientas casas de caballeros y Señores
de vasallos, mil doscientas calles y catorce plazuelas y Plaza
Mayor
ferial de cerca de catorce mil metros cuadrados, con catorce puertas
en su recinto
amurallado,
y Arrabales mayores que la propia Villa intramuros, y dos Ferias,
consideradas como Generales del Reino de Castilla, ya que en el
año 1595, cuando se establece el Obispado de Valladolid,
las parroquias de Medina eran entonces catorce, anteriormente
citadas.
Además
de las susodichas parroquias medinenses (de jurisdicción
"personal"), en 1595 en el territorio de la Abadía
de Medina
del Campo
existían las siguientes de la villas y lugares señalados,
a saber: en Pozal
de Gallinas
(San Miguel Arcángel), en Rodilana
(San Juan Bautista), en La
Seca
(Asunción de Ntra. Sra.), en Rueda (la misma advocación),
Foncastín (San Pedro Apóstol), en la Nava
de Medina
(luego Nava del Rey (la de Santos Juanes), en Pollos (San Nicolás
de Bari), en Siete
Iglesias de Trabancos
(San Pelayo), en Alaejos
(dos parroquias Santa María y San Pedro Ap.), en Carpio
del Campo
(la de Santiago Ap.), Castrejón de Trabancos (Asunción
de Ntra. Sra.), Nueva Villa de las Torres (la de Santa María
del Castillo), y con esta advocación mariana también
las de Villaverde
de Medina,
Dueñas de Medina, El Campo o el Campillo que es de la Asunción,
Brahojos
de Medina
(Santa María Magdalena), Bobadilla
del Campo
(San Matías), Velascálvaro
(San Juan Evangelista) y los despoblados y lugares menores siguientes:
Fuentelapiedra, Villafuertes, La Golosa, Romaguitardo, (Ntra.
Sra. del Castillo), Trabancos, y los Ebanes, Tardeel-hombre, Paro
Miguel, Valdefuentes, Zofraga, y el despoblado de Serrada denominado
San Martín del Monte. Aparte de estas parroquias subsisten
en el año de creación de la Diócesis de Valladolid
(1595) y de los lugares adscritos canónicamente a la Abadía
de Medina
del Campo,
que quedó dividida en dos Arciprestazgos sometidos al Vicario
del Obispo de Valladolid (Arciprestazgos de Medina y el de Nava
del Rey).